Dudas frecuentes en la venta de sociedades inactivas
Si nunca ha comprado una sociedad limitada o anónimas inactiva, ya creada, es muy posible que tenga alguna duda sobre el proceso o sobre algún concepto. En este apartado publicamos las principales cuestiones. También damos la posibildad de realizar cualquier tipo de consulta relacionada con la venta de sociedades en el apartado de contacte con nosotros.
¿Quién puede comprar una sociedad española?
Cualquier persona mayor de edad, nacional o extranjera, persona física o jurídica, que no esté incapacitada legalmente para hacerlo. Pueden tener cuaquier número de socios, desde un sólo socio, no existe límite máximo.En cualquier caso es preciso que las personas físicas y jurídicas no residentes en España deben aportar el NIE ( por interés profesional o económico ).
¿Cuánto tiempo es necesario para poder operar?
Su venta puede realizarse en 24 horas, y es operativa desde el mismo día de la venta. Recuerde que todas la sociedades en venta que disponemos se encuentran inscritas en el Registro Mercantil y con CIF definitivo. Tendrá un plazo de 30 días para notificar a AEAT la alta de actividad y el cambio del órgano de Administración.
¿Cómo se garantiza la inactividad de la sociedad?
Todas nuestras sociedades están constituidas y administradas por nuestros profesionales. Además quedará adjunto a la Escritura de Compraventa de participaciones sociales Certificado de inoperancia conforme la sociedad está libre de cargas.
¿Es necesario desembolsar el capital social?
Sí es necesario la devolución del capital social pero no es necesario su desembolso de forma inmediata, En su constitución SL24h.com ya tuvo que hacerlo. Antes de vender la sociedad el Administrador retira el capital social. Constando así, el capital, contablemente pendiente de devolución por parte de los nuevos socios.
¿Debe desplazarse el cliente para comprar la sociedad?
Es conveniente que el administrador esté presente el día de la firma aunque puede realizarse un poder muy concreto para que no sea necesario que acuda a la misma. En cuanto a los socios, tampoco es indispensable su presencia, puede realizarse la compra con mandatario verbal (aunque posteriormente deberán ratificar esa compra en cualquier Notaría).
¿Puede cambiarse el nombre de la sociedad?
Es posible realizar el cambio de denominación social tanto el mismo día de la firma como después de haberla adquirido. Si usted quiere rapidez, le aconsejamos cambiarlo después de haberla adquirido, ya que puede demorar tiempo si el Registro Mercantil Central no adjudica a la primera denominación y deben ha de realizarse más solicitudes. Ello supondrá un coste adicional al precio de venta. ( 49 € + IVA )
¿Es posible cambiar la actividad de la sociedad?
Es posible. Aunque nuestras sociedades disponen de un objeto social muy amplio. Su modificación no supone incremento en el coste de la venta.
¿Puede ampliarse el capital social de la sociedad?
Disponemos de sociedades tanto Limitadas como Anónimas de mayor capital. En caso que usted sea quien directamente quiere hacer la ampliación, podrá realizarse el mismo día de la firma. Ello supondrá un incremento en el coste de la venta, ya que tanto honorarios Notariales como registrales serán más elevados. Además, para que pueda inscribirse en el Registro Mercantil será necesario haber liquidado el ITP (impuesto sobre el capital ampliado, que supone el 1% del mismo). ( en caso que no se encuentre derogado )
¿El capital de las SA y de las sociedades de mayor capital está enteramente desembolsado ?
Sí. Todas nuestras sociedades disponen de capital enteramente desembolsado en efectivo. En el supuesto de SA está desembolsado con acciones al portador. Las sociedades de mayor capital también disponen de su desembolso total (hasta 100.000.-€).